¿De qué motos se trata?
- eBike estándar
- Bicicleta de carga con o sin asistencia eléctrica: portaequipajes de dos ruedas, long tail, portaequipajes de tres ruedas, etc.
- Bicicleta plegable con o sin asistencia eléctrica
- Bicicleta adaptada para discapacitados¹
Las bicicletas deben ser nuevas y cumplir la normativa vigente² (normas de asignación disponibles al final de esta página).
¿Qué accesorios son subvencionables?
Algunos accesorios también son subvencionables, si se compran al mismo tiempo que la bicicleta. Deben figurar en la misma factura que la bicicleta.
Para bicicletas eléctricas, bicicletas de carga y bicicletas plegables, son: cesta, alforja, casco y candado.
En el caso de las bicicletas adaptadas para discapacitados, son subvencionables los accesorios que facilitan el uso o el manejo de la bicicleta, por ejemplo: accesorios para pedales y manillar, cambio de marchas, soporte para una parte del cuerpo o accesorios de seguridad como intermitentes y retrovisores.
¿A cuánto asciende la subvención?
La subvención depende del tipo de bicicleta:
- eBike estándar: un máximo del 50% del precio de compra (IVA incluido) de la bicicleta y los accesorios, hasta un límite de 500 euros;
- Bicicleta de carga sin asistencia eléctrica: un máximo del 50% del precio de compra (IVA incluido) de la bicicleta y los accesorios, hasta un límite de 500 euros;
- eBike de carga: un máximo del 50% del precio de compra (IVA incluido) de la bicicleta y los accesorios de seguridad, hasta un límite de 600 euros;
- Bicicleta plegable, con o sin asistencia eléctrica: un máximo del 50% del precio de compra (IVA incluido) de la bicicleta y los accesorios, hasta un límite de 500 euros;
- Bicicleta adaptada: un máximo del 50% del precio de compra (IVA incluido) de la bicicleta y de los accesorios de ayuda a la conducción, hasta un límite de 1.200 euros;
Esta subvención puede acumularse con ayudas concedidas por otras colectividades locales de Île-de-France. La combinación de las distintas ayudas está limitada de la siguiente manera:
- EBike o bicicleta de carga sin asistencia eléctrica o bicicleta plegable: Subvención Ile-de-France Mobilités + Ayuda local = 500 euros máximo
- Cargo eBike: Subvención Ile-de-France Mobilités + Ayuda local = 600 euros máximo
Debe informarse sobre las posibles ayudas de su ayuntamiento. Antes de solicitar una subvención de Ile-de-France Mobilités, debe solicitarla, si existe, y esperar a que se la confirmen. La ayuda total no debe superar los límites indicados anteriormente.
Para las bicicletas adaptadas para minusválidos, la subvención de Ile-de-France Mobilités se calcula sobre el importe restante después de haberse beneficiado de cualquier ayuda local y del reembolso del seguro nacional de enfermedad (assurance maladie), de un seguro privado o de otros fondos apropiados. Antes de solicitar una subvención de Ile-de-France Mobilités, debe solicitarlas, si están disponibles, y esperar la confirmación.
Si, por el contrario, no existe ninguna ayuda de su ayuntamiento para el tipo de bicicleta adquirida, no es necesario que lo acredite en su solicitud.
¿Cuáles son las condiciones para recibir una subvención?
Para poder optar a la ayuda a la compra de una bicicleta, debe:
- Ser un particular (no una empresa)
- Ser mayor de 18 años (o mineur émancipé) y vivir en Île-de-France
- Haber adquirido una bicicleta nueva que cumpla con la normativa vigente, después del 1 de diciembre de 2019 para eBikes y bicicletas de carga con o sin asistencia eléctrica o a partir del 1 de mayo de 2020 para bicicletas plegables y bicicletas adaptadas.
- comprometerse a no revender la moto durante un periodo de tres años
- No haberse beneficiado ya de una subvención similar de Ile-de-France Mobilités.
- Haber solicitado una ayuda local, si existe, antes de presentar la solicitud a Ile-de-France Mobilités.
- Acceda al sitio web y rellene el formulario de solicitud en línea.
Se exigirán los siguientes documentos:
Para todas las motos:
- Copia de la factura de compra de la bicicleta y de los posibles accesorios a nombre del solicitante (no se aceptarán facturas con fecha anterior al 01/12/2019 para bicicletas eléctricas y bicicletas de carga, no se aceptarán las de fecha anterior al 01/05/2020 para bicicletas plegables y bicicletas adaptadas). La factura debe ser en euros y pagada en euros y escrita en francés.
- Una copia del certificado de homologación o de conformidad de la bicicleta facilitada por el proveedor (sólo para bicicletas con asistencia eléctrica).
- Una copia de un justificante de domicilio, fechado en los tres meses anteriores, a nombre del solicitante (impuesto de vivienda, impuesto de bienes inmuebles, factura de teléfono fijo, abono a internet, factura del agua o de la luz) o un certificado que confirme que vive con el cabeza de familia (descargue un modelo).
- Copia de un documento de identidad (documento nacional de identidad, pasaporte o permiso de residencia)
- Una copia de la prueba de emancipación para los menores emancipados (mineurs émancipés)
- Un IBAN del banco del solicitante
- Para los que vivan en un municipio que ofrezca ayuda financiera para el mismo tipo de bicicleta: justificante de ayuda financiera o justificante de denegación.
Para bicicletas adaptadas:
- Un documento que justifique que el solicitante no puede utilizar una bicicleta individual de dos ruedas. Este documento puede ser: una "Carte Mobilité Inclusion (CMI) Invalidité" o "Priorité", un certificado médico o un dictamen formulado por un profesional sanitario;
- Únicamente para las bicicletas que figuran en la lista LPPR de Assurance Maladie*: justificante del recibo o de la denegación de reembolso de Assurance Maladie, en el que figure el importe.
- Justificante de reembolso o denegación del seguro médico privado, en el que conste el importe.
- En el caso de un triciclo adaptado, la factura también debe especificar la presencia de un diferencial entre las ruedas traseras; los triciclos sin diferencial no son subvencionables.
Al validar el formulario, te comprometes a no revender la moto en un plazo de tres años.
Durante la tramitación de su solicitud, nos pondremos en contacto con usted en caso de que falte información o algún documento sea inadmisible. Una vez tramitado su expediente, recibirá un correo electrónico informándole de la decisión (acuerdo o rechazo). Si está de acuerdo, se realizará una transferencia a su cuenta bancaria, en un plazo máximo de cuatro meses a partir de la fecha del acuerdo. La subvención se abonará dentro del límite de la dotación presupuestaria anual votada por Ile-de-France Mobilités.
También es posible probar antes de comprar.
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¹Toda bicicleta adaptada para satisfacer las necesidades de las personas con discapacidad, movilidad reducida o con una afección específica que les impida utilizar una bicicleta individual estándar (mecánica o con asistencia eléctrica).
²Las bicicletas deben cumplir la normativa vigente según la cual se entiende por "bicicleta asistida eléctricamente" en el sentido de la Directiva Europea nº 2002/24 / CE de 18 de marzo de 2002: "bicicleta de pedaleo asistido, equipada con un motor eléctrico auxiliar de una potencia nominal continua máxima de 0,25 Kilovatios, cuya alimentación se reduce progresivamente y se interrumpe definitivamente cuando el vehículo alcanza una velocidad de 25 km/h, o antes si el ciclista deja de pedalear". Esto corresponde a la norma francesa NF EN 15194 (desde mayo de 2009).
Las bicicletas también deben cumplir el decreto 2016-364 relativo a la prevención de los riesgos derivados del uso de la bicicleta. Los motores deben ser compatibles electromagnéticamente (decreto n° 2015-1084 de 27 de agosto de 2015 relativo a la compatibilidad electromagnética de los equipos eléctricos y electrónicos). Debe garantizarse la seguridad de los cargadores (decreto n° 2015-1083 de 27 de agosto de 2015 relativo a la disponibilidad del material eléctrico destinado a ser utilizado dentro de determinados límites de tensión).